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13/11/2018 La gran empresa estará obligada a publicar su brecha salarial a partir de 2019


Etiquetas: Igualdad
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El Congreso de los Diputados ha remitido al Senado un proyecto de Ley que obliga a las cerca de 4.500 empresas con más de 250 empleados a publicar las remuneraciones medias de su plantilla y su evolución, desagregadas por sexo, edad y clasificación profesional, explicitando cuál es la brecha salarial -la diferencia entre lo que cobran hombres y mujeres-, si la hay. En España, según los datos de la Comisión Europea, los hombres perciben de media un 14,2% más que las mujeres.

El Proyecto de Ley por la que se modifica el Código de Comercio, el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, procede del Real Decreto-ley 18/2017, que traspuso a nuestro ordenamiento jurídico interno la Directiva 2014/95/UE, de información no financiera, pero va mucho más allá de las exigencias comunitarias.

La Directiva vincula a empresas con más de 500 empleados, activos valorados en más de 20 millones y una facturación superior a los 40 millones, que tengan la consideración de utilidad pública, es decir, coticen en los mercados, sean entidades de crédito, entidades aseguradoras o tengan una actividad o un empleo significativo, supuestos que cumplen unas 600 compañías en España.

El Proyecto de Ley, sin embargo, elimina el criterio de utilidad pública y vincula a las empresas con más de 250 empleados que cumplan los criterios económicos a partir del tercer año de su aplicación. Según los datos del Ministerio de Economía, a cierre de 2017 había 4.487 empresas con una plantilla superior a los 250 empleados.

Informar sobre cinco materias

La Directiva obliga a las sociedades a divulgar anualmente información sobre cuestiones medioambientales, sociales y relativas a personal, derechos humanos, lucha contra la corrupción y el soborno, y sobre la sociedad en general, en una memoria específica. Pero no entra en detalles sobre qué datos concretos se deben aportar, algo que sí hace el Proyecto.

Así, en el caso de las cuestiones sociales y relativas al personal, exige incluir "las remuneraciones medias y su evolución desagregados por sexo, edad y clasificación profesional o igual valor; brecha salarial, la remuneración puestos de trabajo iguales o media de la sociedad", el "número total y modalidades de contrato de trabajo, promedio anual de contratos indefinidos, de contratos temporales y de contratos a tiempo parcial por sexo, edad y clasificación profesional, número de despidos por sexo, edad y clasificación profesional", así como "la remuneración media de los consejeros y directivos, incluyendo la retribución variable, dietas, indemnizaciones, el pago de los sistemas de previsión de ahorro a largo plazo y cualquier otra percepción desagregada por sexo".

Igualmente, obliga a informar sobre el porcentaje de empleados cubiertos por convenio colectivo por país, la accesibilidad universal de las personas con discapacidad, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, desagregando los datos por sexos.

En los otros ámbitos, las compañías tendrán que publicas sus consumos de energía, agua y otros recursos, así como sus políticas para reducirlos y reciclarlos, incluyendo las emisiones contaminantes y de efecto invernadero, además de los impactos causados en áreas ambientalmente protegidas; sus prácticas para prevenir la violación de los derechos humanos y las denuncias por casos de vulneración; las medidas adoptadas para prevenir la corrupción, el soborno y el blanqueo de capitales, así como las aportaciones a fundaciones y entidades sin ánimo de lucro; los beneficios obtenidos país a país, los impuestos sobre beneficios pagados y las subvenciones públicas recibidas; las políticas de contratación de proveedores y subcontratas, especificando los sistemas de supervisión y auditorías y sus resultados; asimismo, cualquier otra información que sea significativa.

Verificador externo

Para elaborar las memorias se tendrán que usar las directrices sobre la materia que la Comisión Europea publicó en mayo de 2017 y los estándares del Global Reporting Initiative, con información precisa y comparable. Además, los informes tendrán que estar verificados por una firma externa de auditoria o certificación. Y deberán publicarse gratuitamente en un lugar visible de las páginas web de las empresas, donde se mantendrá al menos cinco años.

El proyecto de Ley también establece que las sociedades tendrán tres meses, a partir del cierre del ejercicio, para presentar las cuentas anuales y el informe de gestión consolidados, junto con el estado de la información no financiera y la propuesta de aplicación de los resultados económicos.

Jaime Silos, director del Clúster de Transparencia, Buen Gobierno e Integridad de Forética, destaca la "granularidad" del proyecto de Ley, por la gran cantidad de información que exige aportar; considera que el límite de tres meses para presentar los informes "puede producir inseguridad, por la diferencia de plazos entre la información financiera y la no financiera"; y cree que las compañías que ya facilitan información no financiera no tendrán grandes problemas, pero no así las que no lo hacen y deberán hacerlo a partir del primer trimestre del año que viene.

Jerusalem Hernández, directora de Consultoría de Riesgos y Sostenibilidad de KPMG España, recuerda que el año pasado 87 de las 100 compañías con mayor nivel de ingresos del país elaboraron informes con su desempeño no financiero, pero que sólo 48 realizaron una verificación independiente. "Muchas compañías pueden sentir el vértigo de no sentirse preparadas para cumplir, pero cada paso que se da hacia la transparencia en los asuntos no financieros es un salto a la competitividad y prepara a las organizaciones para aprovechar las oportunidades que el desafío sostenible pone ante ellas", asegura.

Fuente: https://www.eleconomista.es/

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