Beneficiarios___________________________________________________________________
Las corporaciones de derecho público adscritas al Organismo de Cuenca ya sean Comunidades de Regantes u otras comunidades de usuarios de aguas principalmente vinculadas al regadío, incluidas las Comunidades Generales de Usuarios y las Juntas Centrales de Usuarios, establecidas en la CCAA de Extremadura.
Plazo final de presentación_______________________________________________________
Desde el 19 de mayo de 2023 - Hasta el 18 de julio de 2023.
Costes subvencionables__________________________________________________________
a) Infraestructuras para reducir y evitar las pérdidas de agua en las redes de transporte y distribución de agua.
b) Sistemas de medición del agua tanto de la infraestructura como la que sirve a las explotaciones.
c) Tecnología de la Información y Comunicaciones (TIC) que mejoren la gestión del riego o de la Comunidad de Regantes.
d) Inversiones intangibles: asistencias técnicas, programas informáticos, instrumentación y equipos, automatización, adecuaciones tecnológicas para la adaptación a las nuevas tecnologías, planes y estrategia que mejoren la gestión del agua.
e) Honorarios para la redacción de proyecto técnico, dirección de obras y coordinación de seguridad y salud.
Financiación___________________________________________________________________
El importe total de la convocatoria de ayudas será de 6.000.000,00 €, conforme a las siguientes anualidades e importes:
2023______0
2024______3.000.000 €
2025______3.000.000 €
La cuantía del coste subvencionable será máxima de 1.000.000 € y mínimo de 100.000,00 € por entidad beneficiaria y convocatoria de ayudas. En ningún caso la cuantía de la ayuda podrá superar el 100 % del importe del coste subvencionable, ni superar los 800.000,00 € por convocatoria y beneficiario.
Cuantía_______________________________________________________________________
En régimen de concurrencia competitiva, mediante valoración de las solicitudes presentadas.
80% del importe del coste subvencionable(FEADER).
20% restante por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (3,72%) y por la Junta de Extremadura (16,28%).
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